viernes, 27 de septiembre de 2019

c. Criminalización primaria, secundaria y terciaria.

Criminalización primaria, secundaria y terciaria.

Elaborado por: Daliana Burgos Gómez.

Antes de inmiscuirse con mayor propiedad en la temática, es de suma importancia conocer qué es criminalizar, pues bien, este término se acuna en base a la inclusión de un acto ilegal dentro de una estructura de índole legal, por lo que adquiere consecuencias “sanciones” en el ámbito penal.

El lector podrá adquirir un enriquecimiento cognitivo respecto a la criminalización y sus aristas, por lo que se abordará la temática de manera precisa y crítica. Para dar inicio es de suma importancia recalcar que Costa Rica al igual que otros países diariamente deben combatir los comportamientos desviados de ciertos ciudadanos, más aún si los negociantes involucran a jóvenes con el fin de lucrar, es ahí donde surge la importancia de brindar acompaño y tutela de entes jurídicos con mayor prestigio, para promulgar medidas atinentes y así contrarrestar la proporcionalidad de incidencia delictiva en la zona.

Lo que se denominó anteriormente se torna oportuno a la hora de intentar comprender el cómo tipificar el fenómeno delictivo y así desarrollar un plan coherente para comprender los impulsos, canalizar la sociedad y así repeler el aumento delictivo.

La acción primordial es lograr que los ciudadanos pongan en práctica el ser más recatados en su accionar o no ser tan confiados, urge la auto protección, es decir, los propios individuos deben preguntarse sobre la vinculación del cometimiento y reconocimiento que la sociedad le dé, es ahí donde surge la estratificación de mecanismos de control, mientras que los sujetos con mayor recurso desean dictaminar y los desdichados pasan diversas necesidades. En diversidad de ocasiones se vive circundantemente, es decir no se da cabida al cambio y se vive respecto a lo que la mayoría decida, sin siquiera cuestionar los lineamientos o derechos humanos de elección entre bueno y malo, esto dado por el Estado regidor. Por consiguiente, la teoría surge en base a “todas las sociedades contemporáneas que institucionalizan o  formalizan el poder (estados) seleccionan a un reducido grupo de personas, a las que someten a coacción con el fin de imponerles una pena.” (Castro, 2012, pág. p.n)

En esta ponencia el ministro de Seguridad acota que en algún momento el país sufrió un quebranto y como consecuencia se observa la violencia en la sociedad, la respuesta ingeniosa es “la criminalidad debe ser abordada de manera integral y la solución está en atender los problemas sociales de los sectores vulnerables de la sociedad” (Solano, 2019, pág. p.n), por esta razón se escudriña las posibles causas que detonen el accionar errático y el por qué de tan insidioso aumento criminal. Se genera mayor hincapié en ajustar estructuralmente la información, esto para adentrarse en índole penal, a la cual le concierne el análisis de criminalización, esto no es un juego de azar, surge en base a resultado de una gestión entre agencias vinculadas del sistema penal, las cuales confabulan fuerzas para que el proyecto surja. Por consiguiente, el proceso de criminalización data desde pautas sociales hasta jurídicas, la cual pasa de una conducta lícita a ilícita, para contrarrestarla se implementan de normas o política criminal.

Para reforzar la comprensión de la temática, a continuación se acotará un link de acontecer nacional, el único fin es que el lector adquiera su propia ideología de cómo buscar solución a los hechos tipificados, sin quebrantar los derechos humanos.



Criminalización primaria.

La criminalización primaria es un punto colme, esto se debe a que es ejercida por agencias políticas, tal es el caso de ejecutivos, es decir, en esta se da la formulación de la política criminal. El legislador posee la potestad de dictaminar mediante penas toda aquella conducta que sea contraproducente al ordenamiento jurídico, por esta razón el sujeto posee a una serie de principios, esto no debe ser puesto en práctica mediante decisiones personales, dado a que el Estado es un ente garante de organización social. Siendo más objetivo, las leyes sancionadoras crecen exponencialmente, por dicha razón se genera una utopía a la hora aplicar o conocer cada una de ellas, lo viable es establecer márgenes de libertad y control sobre los individuos, sin ser permisivos en factores de desviación conductual, para obtener una convivencia sana y armónica.

Criminalización primaria es el acto y efecto de sancionar una ley penal material, que incrimina o permite la punición de ciertas personas. Se trata  de un acto formal, fundamentalmente programático, pues cuando se establece que una acción debe ser penada, se enuncia un programa, que debe ser cumplido por agencias diferentes a las que lo formulan. (Castro, 2012, pág. p.n)

Criminalización secundaría.

La criminalización secundaria es la puesta en práctica de todo el acto legislativo suscitado a lo largo del abordaje de la criminalización primaria, esto se debe a que le concierne la acción punitiva sobre los individuos, es decir, a las entidades estatales les competen la aplicación de la norma vigente y velar por el cumplimiento a cabalidad de la misma. Esta tiene lugar cuando las agencias represivas, llámese policía o fiscales detectan al sujeto delinquiendo, de igual forma este no pasará desapercibido, requiere de investigación y posteriormente se discutirá públicamente la realización del incidente para proceder a la imposición de una pena. Por tanto, este conlleva una nueva clasificación de hecho punible, para dar coacción entre grupos de conductas y normas que a la larga pueden resultar efectivas o ineficaces.  A su vez, es oportuno recalcar que esta no daría abasto para satisfacer la prevención y represión de toda conducta que la criminalización primaria pretenda punir.

Si hasta este punto mostramos que las agencias represivas del estado llámese policía, etc. no podrían nunca siquiera abarcar la mitad de las conductas prohibidas en la ley, es deducible y tangible, que éstas empiezan a seleccionar a quienes se va a "castigar"; para ello la sociedad, la cultura, nosotros mismos les damos a esas agencias un "estereotipo de  delincuente", de persona que aparenta tener todas las "cualidades" de alguien que no se ajusta a la sociedad y delinque. (Olivera, 2013, pág. p.n)
(Melendres, 2015)

Criminalización terciaria.

La criminalización terciaria es aquella a la que le concierne acatar el ordenamiento penal, es decir, esta cumple con la función de sancionar penalmente a todo aquel individuo que quebrante la ley y se logre determinar como responsable directo del hecho imputado, para finalizar se encuentra la fase concerniente a la ejecución penitenciaria, es decir, se cerciora de ejecutar sanciones y medidas restaurativas.

Criminalización terciaria: Ejecución y cumplimiento de la sanción penal por parte de una persona declarada responsable de un delito, así como su proceso de resocialización”. (Criminal, s,f, pág. 6)
Imagen 4. Criminalización. (mindadi, s,f)


Referencias bibliográficas.

Castro, J. (2012). La Criminalización Primaria y Secundaria de Zaffaroni. Recuperado de http://derechopenaljcb.blogspot.com/2012/04/la-criminalizacion-primaria-y.html#targetText=Criminalizaci%C3%B3n%20primaria%20es%20el%20acto,la%20punici%C3%B3n%20de%20ciertas%20personas.
Criminal, C. S. (s,f). Lineamientos de Política Criminal. Recuperado de http://www.politicacriminal.gov.co/Portals/0/documento/Lineamientos_de_Pol%C3%ADtica_Criminal.pdf
Melendres, A. (2015). Criminalización primaria y secundaria [Archivo vídeo]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=Ay_A-6KlUU8
mindadi. (s,f). Criminalidad . Recuperado de https://www.freepik.es/fotos-premium/juez-mazo-abogado-justicia-esposas-que-siente-triste-estresado_3294697.htm
Olivera, M. (2013). Criminalización primaria y selectiva del sistema penal. Recuperado de http://derechopenalmarceloolivera.blogspot.com/2013/09/criminilizacion-primaria-y-selectividad.html
Solano, J. (3 de febrero de 2019). Costa Rica insegura ¿cuántos delitos ocurren en un día? cr.hoy.com, pág. p.n.


No hay comentarios:

Publicar un comentario